Plan Movalt para la infraestructura de carga de vehículos eléctricos

El plan MOVALT para puntos de recarga tiene por objeto subvencionar  los sistemas de recarga de para vehículos eléctricos, tanto en la modalidad de adquisición directa como de operaciones de financiación por renting.

Cuantías de la subvención para la Instalación de Puntos de Recarga

Entidades y pequeñas empresas: 60% de subvención

Entidades privadas: 40% de subvención

Beneficiarios del Plan Movalt para puntos de recarga

Empresas

Las empresas privadas y otros tipos de personas jurídicas cuyo Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por A, B, C, D, E, F, G, J, N, R, W.

Comunidades autónomas

Administraciones de las Comunidades Autónomas y las entidades públicas vinculadas o dependientes de ellas, siempre que cumplan con lo dispuesto en el artículo 20.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y restante legislación aplicable.

Entidades locales

Las Entidades Locales y las entidades públicas vinculadaso dependientes de ellas, siempre que cumplan con lo dispuesto, en relación al plazo máximo de pago a proveedores, en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Puntos de Recarga Subvencionables

Punto de recarga convencional

Potencia igual o superior a 7 kW, e inferior a 15 kW

Punto de carga semirrápida

Potencia igual o superior a 15 kW, e inferior a 40 kW (en corriente alterna o continua).

En corriente alterna al menos un conector Tipo 2, en Corriente Continua un conector CCS (combo).

Punto de carga rápida y ultra rápida

Potencia igual o superior a 40 kW

Podrá estar dotado simultáneamente de los siguientes conectores según se define en el estándar IEC 62196: CCS (Combo), CHAdeMO y corriente alterna, siendo únicamente obligatorio el disponer del estándar europeo.

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