En España, la normativa que regula el número de plazas con puntos de recarga en garajes está contenida principalmente en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) y en el Código Técnico de la Edificación (CTE), en particular en el Documento Básico HE 5 – Generación mínima de energía renovable para el suministro eléctrico.
A continuación, un resumen:
Tabla de contenidos
1. Código Técnico de la Edificación (CTE): Documento Básico HE 5
El RD 732/2019, que modificó el CTE, establece en el apartado HE 5 los requisitos mínimos para instalaciones de recarga en edificios nuevos y grandes reformas:
- Edificios de nueva construcción con garajes privados (uso residencial):
- Al menos una preinstalación de canalización para recarga eléctrica en el 100% de las plazas de aparcamiento.
- Edificios de nueva construcción con garajes de uso no residencial (como oficinas, centros comerciales, etc.):
- Debe instalarse al menos un punto de recarga por cada 40 plazas de aparcamiento o fracción.
- Además, el resto de plazas deben contar con la preinstalación para futuras ampliaciones.
2. Real Decreto 29/2021
Este decreto, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, refuerza los objetivos para la instalación de puntos de recarga:
- Obliga a edificios existentes con más de 20 plazas de aparcamiento (tanto residenciales como no residenciales) a instalar al menos un punto de recarga antes del 1 de enero de 2023.
- Para edificios no residenciales con más de 20 plazas, también se exige la preinstalación en el resto de las plazas.
3. Otras normativas locales
Algunas comunidades autónomas o ayuntamientos pueden tener regulaciones adicionales. Por ejemplo:
- Ciudades como Barcelona o Madrid tienen ordenanzas municipales que promueven o exigen mayores porcentajes de plazas con puntos de recarga en edificios nuevos o rehabilitados.
Resumen práctico:
Edificios existentes no residenciales con más de 20 plazas: Al menos un punto de recarga obligatorio.
Para edificios nuevos residenciales: Preinstalación en todas las plazas.
Para edificios nuevos no residenciales: Al menos un punto de recarga por cada 40 plazas y preinstalación para el resto.