Según la Ley 19/2009, que modifica la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal para la instalación de un punto de recarga en garaje comunitario, basta con informar a la comunidad de la instalación (siempre que el inquilino asuma todos los costes relacionados).
A continuación, te mostramos un modelo de comunicación para que puedas rellenarlo e informar al Presidente o Administrador.
Recuerda que LugEnergy es líder en instalación de puntos de recarga en garajes comunitarios. No dudes en contactar con nosotros para ofrecerte presupuesto de instalación.
Si vives en Cataluña, la normativa es diferente. Consulta el modelo de comunicación de Cataluña.