Pese a estar en constante crecimiento el mercado de la movilidad eléctrica y el número de instalaciones de puntos de recarga realizadas, los usuarios aún se plantean muchas dudas a la hora de adquirir su cargador. Una de ellas es acerca de la normativa para instalar un punto de recarga en un garaje comunitario. Otras de las preguntas más frecuentes que nos encontramos cuando estamos realizando una instalación y se acercan los vecinos de la comunidad de propietarios son las siguientes: ¿Quién pagará la instalación? ¿Este cargador va conectado al contador de la comunidad?
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¿Quién paga la instalación y el suministro? Tres escenarios posibles
Cuando realizamos una visita a un parking comunitario para valorar la instalación y ofrecer un presupuesto totalmente personalizado, nos encontramos tres situaciones posibles, dependiendo de si el propietario de la plaza de garaje vive en la misma finca o el usuario tiene la plaza de parking pero no vive en la misma comunidad.
1. El propietario de la plaza de parking vive en la misma finca
Es la situación más habitual que se suele dar. El propietario de la plaza de garaje cuenta con su propia vivienda particular en la misma comunidad de vecinos con la que comparte el parking comunitario. En este caso, la conexión del punto de recarga se realiza en la salida de la instalación a la vivienda. Es decir, instalamos el punto de recarga desde el mismo contador ya existente que alimenta la vivienda.
Es la opción más económica, ya que el usuario no necesita dar de alta un nuevo contador. De la misma forma que ese suministro alimenta la vivienda, ahora también servirá para cargar el vehículo eléctrico.
2. El propietario de la plaza no vive en la misma comunidad
La segunda situación que nos solemos encontrar cuando visitamos muchos garajes comunitarios es la siguiente: el propietario del vehículo eléctrico cuenta con una plaza de garaje pero su vivienda no se encuentra en la misma comunidad de vecinos. Al no contar con un contador que alimenta a la vivienda, es necesario seguir otro procedimiento distinto al anterior.
En este caso, es necesario llevar a cabo los trámites para solicitar un nuevo suministro eléctrico, única y exclusivamente para el punto de recarga. Nos encargamos de ejecutar el proyecto para la instalación de un nuevo contador y suministro, resaltando que este pasará a ser propiedad en exclusiva del propietario y podrá contratar la compañía eléctrica según sus preferencias.
3. El usuario no vive en la comunidad y no puede realizar el nuevo suministro
El último caso y también el menos habitual es el siguiente: el propietario/inquilino que dispone de una plaza de parking no vive en la finca y tampoco puede realizar el nuevo suministro. Como decimos, es una situación bastante excepcional pero a la que también ofrecemos una solución. Nuestra recomendación es conectar el punto de recarga al suministro de la comunidad de propietarios, siempre y cuando sea posible según la potencia contratada y la conformidad de los vecinos. Si optamos por esta vía, sería necesario instalar un contador modular secundario con el objetivo de poder desglosar el consumo de los kW/h consumidos.
Son diferentes soluciones y tipos de instalación que ofrecemos a la hora de instalar el punto de recarga en garajes comunitarios. Después de ver los diferentes casos que nos podemos encontrar, es necesario que sepas que el coste de la instalación y el del consumo eléctrico siempre será a cargo del propietario/inquilino de la plaza de parking, nunca a cargo de la comunidad de propietarios.
Quien paga el punto de recarga, el propietario de la plaza o el inquilino?
Como imaginarán mi plaza es de alquiler y es de un propietario en un garaje comunitario
Hola Francisco! El coste del punto de recarga, así como de la instalación, es responsabilidad de quien vaya a disfrutarlo con previo permiso del propietario. Otro caso es que el propietario quiera asumir el coste. Lo mejor es que hables con él y le informes de tu intención de instalar un punto de recarga. Quizás quiere disfrutar de él en un futuro cuando abandones la plaza de garaje y decide asumir el coste. Pero si no, al ser tú quien va a hacer uso de él, es tu responsabilidad.